1. OBJETO. DESCRIPCIÓN GENERAL
1. Las subvenciones reguladas en este programa tienen por objeto incentivar la contratación laboral mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas que contraten, en la modalidades de contratación previstas en la presente resolución, a personas inscritas en el Servicio Canario de Empleo (SCE) en la condición de demandantes de empleo desempleadas de larga duración, de acuerdo a los condicionantes establecidos en las presentes Bases reguladoras y demás normativa que resulte de aplicación, con el fin de facilitar la celebración de nuevos contratos y de contribuir a la reincorporación al mercado laboral de este colectivo, reforzando su empleabilidad y competencias profesionales.
2. En definitiva, tiene por objeto favorecer la contratación laboral, la lucha contra el desempleo, la reinserción socio-laboral, al mismo tiempo que se contribuye a aumentar la productividad y la competitividad de las empresas contratantes.
2. EL PROGRAMA CONLLEVA DOS TIPOS DE ACTUACIONES:
2.1. DIRIGIDA A LAS PERSONAS DEMANDANTES DE EMPLEO:
SOLICITUD DEL SERVICIO DE EMPLEO RETORNO AL EMPLEO
La solicitud del Servicio de Empleo RETORNO AL EMPLEO por parte de las personas desempleadas, con carácter previo a la contratación objeto de subvención, es un criterio de valoración para establecer las solicitudes válidamente presentadas por las empresas interesadas en acogerse a la subvención, y tiene asimismo como objeto prestar un servicio de información a los demandantes de empleo sobre las características del programa RETORNO AL EMPLEO, con la finalidad de resultar de utilidad para incrementar sus oportunidades de empleo
El procedimiento para solicitar el Servicio de Empleo RETORNO AL EMPLEO se ajustará a lo establecido en la base 9ª de la Resolución reguladora del programa, debiendo ser solicitado a través de los siguientes medios:
- En la Sede Electrónica del SCE:
Con certificado digital
Sin certificado digital (caracteres del DARDE)
- En los Puntos de Empleo de las oficinas de empleo (caracteres del DARDE)
Acceda a los enlaces referenciados donde encontrará toda la información relativa a la solicitud del servicio RETORNO AL EMPLEO: objeto, requisitos, medios y plazos de presentación, normativa reguladora...
2.2. DIRIGIDA A LAS EMPRESAS INTERESADAS:
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA RETORNO AL EMPLEO
Acceda aquí donde encontrará toda la información referida al procedimiento para solicitar subvención en el marco del programa RETORNO AL EMPLEO: beneficiarios, requisitos, cuantía, criterios de valoración y baremación, medios y plazos de presentación, documentación a presentar, normativa reguladora...
3. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA SUBVENCIÓN:
3.1.CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. SE AJUSTARÁ A LOS SIGUIENTES CRITERIOS:
Tipo de contrato
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Importe
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Motivos de incremento
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Importe del Incremento
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Indefinido
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5.500,00 €
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Para el contrato indefinido si el contrato se celebra con mayores de 45 años en el momento de la contratación.
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1.000,00 € más
(al importe que corresponda)
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Temporal
(Mínimo 6 meses)
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2.500,00 €
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Para contratos temporales: por cada 6 meses añadidos a la exigencia mínima de celebración del contrato, no teniéndose en cuenta fracciones inferiores a 6 meses.
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500,00 € más
(hasta máximo de
4.500,00 €)
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Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso, no podrá ser inferior al 50% de la considerada habitual.
3.2. REGIMEN DE CONVOCATORIA y PLAZOS DE SOLICITUD:
En régimen de concurrencia competitiva mediante Convocatoria Abierta.
Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar a la concesión de la subvención “RETORNO AL EMPLEO”, los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el día siguiente a la fecha de publicación de la presente Convocatoria en el BOC, y el mes marzo de 2018, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la "vigencia total" de la presente Convocatoria, distribuyéndose, no obstante, en ocho periodos temporales bien definidos.
En consonancia con ello, para cada periodo se adoptará la correspondiente resolución de concesión desubvención “RETORNO AL EMPLEO”.
IMPORTANTE: para la valoración del conjunto de solicitudes presentadas, dentro de cada uno de los períodos establecidos en la respectiva convocatoria, el primer criterio para establecer la prelación de las solicitudes válidamente presentadas es el relativo a considerar a aquellas presentadas con mayor número de contratos con desempleados que hayan solicitado el Servicio de Empleo RETORNO AL EMPLEO, con anterioridad a la celebración del contrato.
3.3.OTROS DATOS:
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
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241H.470.00.00 PILA 50400037 OPORTUNIDADES DE EMPLEOY FOMENTO A LA CONTRATACIÓN
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Dotación presupuestaria
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Convocatoria de carácter plurianual: 500.000,00 €
(2017: 250.000,00 € y 2018: 250.000,00 €)
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Forma de Concesión
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Convocatoria abierta.
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Beneficiarios de la subvención
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Cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes, con capital íntegramente privado, acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales de la tipología prevista en el resuelvo Quinto de las Bases Reguladoras, o presenten en el momento de la Solicitud, un compromiso de contratación con arreglo a lo previsto en las Bases, con desempleados de larga duración que cumplan los requisitos establecidos en su resuelvo Cuarto.
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Modalidades de contratos a subvencionar
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Válido cualquier tipo de contrato, a excepción de los de formación y aprendizaje y en prácticas.
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Resolución del procedimiento
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Presentada la Solicitud de subvención, la Resolución de concesión “RETORNO AL EMPLEO” para cada uno de los periodos en los que se divide la Convocatoria, se adoptará en el plazo máximo de tres (3) meses, a contar desde la finalización del respectivo plazo de presentación de solicitudes.
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Plazo para presentar documentación una vez obtenida La Resolución de concesión definitiva
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10 días
Documentación a presentar:
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Copia del Contrato del trabajador subvencionado
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Comunicación del hecho de la cofinanciación del contrato objeto de la subvención (anexo III)
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Informe de” Plantilla media “emitido por la Seguridad Social.
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Esta información es orientativa y en todo caso se estará a lo dispuesto en la normativa reguladora del programa y su convocatoria respectiva.