PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN "CERTIFÍCATE"

jueves, 9 de enero de 2020

Servicio de Empleo CERTIFÍCATE

1. OBJETO. DESCRIPCIÓN GENERAL

1. Este programa de fomento del empleo tiene como objeto favorecer la contratación laboral, la lucha contra el desempleo y la inserción socio-laboral de los desempleados que hayan obtenido el reconocimiento de un Certificados de Profesionalidad, conforme la legislación aplicable, al mismo tiempo que contribuirá a aumentar la productividad y la competitividad de las empresas contratantes.

2. Las subvenciones reguladas en la Resolución que aprueba las bases tienen por objeto promover y potenciar la contratación laboral en Canarias mediante la concesión de subvenciones para la concertación de los contratos laborales relacionados en el resuelvo cuarto de la citada Resolución.

2. EL PROGRAMA CONLLEVA DOS TIPOS DE ACTUACIONES:

2.1. DIRIGIDA A LAS PERSONAS DEMANDANTES DE EMPLEO:

SOLICITUD DEL SERVICIO DE EMPLEO CERTIFÍCATE

La solicitud del Servicio de Empleo CERTIFÍCATE por parte de las personas desempleadas, con carácter previo a la contratación objeto de subvención, es un criterio de valoración para establecer las solicitudes válidamente presentadas por las empresas interesadas en acogerse a la subvención, y tiene asimismo como objeto prestar un servicio de información a los demandantes de empleo sobre las características del programa CERTIFÍCATE, con la finalidad de resultar de utilidad para incrementar sus oportunidades de empleo.

El procedimiento para solicita el Servicio de Empleo CERTIFÍCATE se ajustará a lo establecido en la base 8ª de la Resolución reguladora del programa, debiendo ser solicitado a través de los siguientes medios:

- En la Sede Electrónica del SCE:

Con certificado digital

Sin certificado digital (caracteres del DARDE)

- En los Puntos de Empleo de las oficinas de empleo (caracteres del DARDE)  

Acceda a los enlaces referenciados donde encontrará toda la información relativa a la solicitud del servicio CERTIFICATE: objeto, requisitos, medios y plazos de presentación, normativa reguladora...

2.2. DIRIGIDA A LAS EMPRESAS INTERESADAS:

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA CERTIFÍCATE

Acceda aquí donde encontrará toda la información referida al procedimiento para solicitar subvención en el marco del programa CERTIFÍCATE: beneficiarios, requisitos, cuantía, criterios de valoración y baremación, medios y plazos de presentación, documentación a presentar, normativa reguladora...

3. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA SUBVENCIÓN:

3.1.CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. SE AJUSTARÁ A LOS SIGUIENTES CRITERIOS:

Contrato



 

Período de suscripción

Importe

Motivos de incremento para ambos contratos

Importe del incremento

Indefinido

5.500.00

No hay incremento

Temporal

(6 meses mínimo)



2.500,00

Por cada 6 meses añadidos a la exigencia mínima de celebración del contrato, no teniéndose en cuenta fracciones inferiores a 6 meses

500,00 € más

(hasta máximo de 4.500,00 €)

En el caso de contratos en los que la persona contratada, hubiera desarrollado prácticas del Certificado de Profesionalidad de la que es titular, en la misma empresa que lo contrata, el importe de la subvención se incrementará en 500,00 euros. 

Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso, no podrá ser inferior al 50% de la considerada habitual.

3.2.  REGIMEN DE CONVOCATORIA y PLAZOS DE SOLICITUD:

 En régimen de concurrencia competitiva mediante Convocatoria Abierta.   De tal forma, que siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar a la concesión de la subvención CERTIFICATE, los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el mes de abril de 2019, hasta el mes de marzo de 2020, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la "vigencia total" de la presente Convocatoria, distribuyéndose, no obstante, en cuatro periodos temporales bien definidos.  

IMPORTANTE: para la valoración del conjunto de solicitudes válidamente presentadas por las empresas interesadas, dentro de cada uno de los períodos establecidos en la convocatoria respectiva, el primer criterio para establecer la prelación de las mismas  es el relativo a considerar a aquellas presentadas con mayor número de contratos con desempleados que hayan solicitado el Servicio de Empleo CERTIFÍCATE, con anterioridad a la celebración del contrato.

 3.3.OTROS DATOS:

 

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

241H.470.00.00 PILA 50400037 OPORTUNIDADES DE EMPLEOY FOMENTO A LA CONTRATACIÓN

Dotación presupuestaria

Convocatoria de carácter plurianual: 300.000,00 €

(2019180.000,00 € y 2020: 120.000,00 €)

Forma de Concesión

Convocatoria abierta.

Beneficiarios de la subvención

Cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que desarrolle una actividad empresarial acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales o presenten en el momento de la Solicitud un compromiso de contratación, siempre que se acrediten las condiciones y requisitos consignados en la bases reguladoras.

Modalidades de contratos a subvencionar

Válido cualquier tipo de contrato, a excepción de los de formación y aprendizaje

Resolución del procedimiento

Presentada la Solicitud de subvención, la Resolución de concesión “CERTIFICATE” para cada uno de los periodos en los que se divide la Convocatoria, se adoptará en el plazo máximo de tres (3) meses, a contar
desde la finalización del respectivo plazo de presentación de solicitudes.

Plazo para presentar documentación una vez obtenida la Resolución de concesión definitiva

10 días.

Documentación a presentar:

  • Copia del Contrato del trabajador subvencionado

  • Comunicación del hecho de la cofinanciación del contrato objeto de la subvención (anexo III)

  • Informe de” Plantilla media “emitido por la Seguridad Social.

Esta información es orientativa y en todo caso se estará a lo dispuesto en la normativa reguladora del programa y su convocatoria respectiva.


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